Comunicado
Comunicado nº 46
COMUNICADO Nº 46
Estimado/a consocio/a,
Teniendo en cuenta la última resolución de la Consejería de Sanidad del
Gobierno de Canarias, y su ratificación por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias,
por la que se establecen medidas excepcionales de la situación sanitaria de las
personas que acceden a determinados establecimientos, instalaciones o actividades
consideradas de riesgo para la transmisión de la COVID-19, y que tiene por objeto
frenar la propagación en las islas que se encuentren en Nivel de Alerta 3 o 4, la Junta
Directiva, tomó las siguientes decisiones que entrarán en vigor a partir del
martes, día 28 de diciembre, a las 8:00 horas y que permanecerán vigentes hasta
nuevo aviso:
- Los usuarios mayores de 12 años y 3 meses, para poder acceder a los servicios de cafetería y restauración, a los gimnasios y a los actos culturales o similares, tendrán que acreditar la ausencia de infección activa mediante la EXHIBICIÓN en formato digital, o papel, del resultado negativo de una prueba diagnóstica de infección activa de COVID-19, realizada en laboratorio legalmente autorizado, con una antelación máxima de 48 horas, no siendo admisibles las pruebas de autodiagnóstico. También podrán acceder mostrando el certificado oficial de haber recibido la pauta completa de vacunación o bien, el certificado oficial de haber pasado la enfermedad entre los 11 y los 180 días previos.
- Para garantizar la Ley Protección de Datos, tras la EXHIBICIÓN de dichos documentos, no se conservará dato ni registro alguno, ni podrá hacerse uso de ellos para ninguna otra finalidad que la del control de acceso, guardándose el secreto y la más absoluta confidencialidad sobre los mismos.
Lamentamos las molestias que podamos causar y agradecemos la comprensión
de todas las medidas que están siendo adoptadas atendiendo única y exclusivamente
al cuidado de la salud y el bienestar de todos/as, y al cumplimiento de la legislación
vigente.
Santa Cruz de Tenerife, a 28 de diciembre de 2021.
La Junta Directiva.